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CONSEJO DIVISIONAL

Los Consejos Divisionales son los órganos académicos colegiados de las Divisiones.

Se integrarán, respectivamente, por el Director de División, quien lo presidirá; el Secretario Académico de la División; los Directores de los Departamentos adscritos a la División, así como por profesores representantes del personal académico y alumnos representantes de la División. (Art. 27 ley Orgánica)

La forma en la que se garantizará la proporcionalidad de dicha representación, se da al tener un profesor representante del personal académico por cada Departamento y, en igual número, representantes de los estudiantes de la División. (Art. 18 del Estatuto Orgánico)

Corresponde a los Consejos Divisionales (Art. 28 Ley Orgánica):

  1. Expedir los lineamientos generales bajo los cuales se desarrollarán integralmente las funciones académicas y su vinculación con otras Divisiones;
  2. Conocer y aprobar el Plan de Desarrollo de la División, presentado por el Director de División, que será turnado al Rector de Campus, una vez aprobado;
  3. Proponer al Consejo Universitario de Campus la creación, modificación o supresión de los programas académicos de las Divisiones;
  4. Evaluar y aprobar las líneas de investigación de los Departamentos;
  5. Proponer a la Junta Directiva y al Rector de su Campus, previo dictamen sobre trayectorias y proyectos, candidatos a Director de División y Directores de Departamento, respectivamente;
  6. Conformar las comisiones que estime necesarias para el buen funcionamiento de la División;
  7. Tomar las decisiones relativas a la vida institucional de la División; y
  8. Las demás que le señalen esta Ley, sus reglamentos y las disposiciones aplicables.

 

 

 

 

 

División de Ciencias Naturales y Exactas,

Noria Alta S/N; C.P. 36050; Guanajuato, Gto. Tel. (+52) 473 732 006


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